
La Provincia de Córdoba dispuso un nuevo incremento en los valores de las multas de tránsito que se aplican en rutas y caminos bajo control de la Policía Caminera. La actualización, oficializada este miércoles mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, elevó en un 2,5% el monto de las sanciones económicas vinculadas a infracciones viales.
El ajuste responde al mecanismo vigente que determina el valor de las multas a partir de las Unidades Fijas (UF), una referencia que se actualiza todos los meses según el precio del litro de nafta Súper. Con la nueva resolución, cada UF pasó a valer $2.109.
De esta manera, los conductores que incumplan las normas de tránsito deberán afrontar montos más elevados, especialmente en los casos de faltas graves o muy graves, que además pueden derivar en la pérdida de puntos de la licencia e incluso en inhabilitaciones para conducir.

Con la actualización del valor de la UF, las multas en Córdoba quedaron establecidas de la siguiente manera:
La legislación provincial establece distintas categorías según la peligrosidad de la conducta. Entre las infracciones graves figuran acciones como circular sin las luces reglamentarias encendidas, realizar maniobras temerarias, exceder límites de velocidad, conducir en sentido contrario, participar en competencias ilegales o transitar con vehículos que no cumplan las condiciones técnicas exigidas.
También se consideran graves situaciones vinculadas a la omisión de asistencia ante accidentes, el consumo de sustancias que afecten la capacidad de conducción y la obstrucción del tránsito mediante estacionamientos o detenciones en lugares peligrosos.

Por su parte, las infracciones muy graves abarcan hechos de mayor riesgo, como escapar tras participar en un siniestro vial, circular sin el seguro obligatorio o generar contaminación ambiental. Además, una falta grave puede ser recategorizada como muy grave cuando se produce en condiciones que incrementan el peligro para terceros, como una circulación intensa, baja visibilidad o la presencia de peatones en zonas urbanas.
La normativa también contempla la posibilidad de aplicar sanciones más severas cuando existan factores agravantes. Entre ellos se encuentran los casos en que la conducta haya puesto en riesgo la integridad de las personas, ocasionado daños materiales o dificultado la prestación de servicios públicos.
Asimismo, la Justicia de Faltas puede endurecer las sanciones cuando el infractor utilice indebidamente identificaciones o franquicias oficiales, simule situaciones de emergencia o aproveche su condición de funcionario para cometer la infracción.
En estos escenarios, el valor de la multa puede multiplicarse y alcanzar cifras significativamente superiores a las previstas para cada categoría de falta.
NoticiasD
10 Junio 2026