Elecciones 2025: qué pasa si no voy a votar en Tierra del Fuego, multas y sanciones

Faltar a votar en Tierra del Fuego puede generar multas y registro como infractor ante la Justicia Electoral

Elecciones 2025: qué pasa si no voy a votar en Tierra del Fuego, multas y sanciones

El domingo 26 de octubre de 2025, los ciudadanos de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur deberán acudir a las urnas para participar de las elecciones legislativas nacionales, donde se renovarán 127 bancas de diputados y 24 de senadores del Congreso de la Nación.

No asistir a votar sin una causa justificada puede tener consecuencias. La Justicia Nacional Electoral establece sanciones económicas y el registro de quienes no cumplan con su deber cívico en el Registro de Infractores al Deber de Votar.

Cuánto es la multa por no votar en Tierra del Fuego

Aunque las elecciones son nacionales, las multas se aplican de igual forma en todo el país. Según el artículo 125 del Código Electoral Nacional, las sanciones varían según la cantidad de infracciones acumuladas:

  1. Primera infracción: $50
  2. Segunda infracción: $100
  3. Tercera infracción: $200
  4. Cuarta infracción: $400
  5. Quinta o más infracciones: $500

El pago debe realizarse dentro de los 60 días posteriores al comicio, salvo que el elector presente una justificación válida ante la Justicia Electoral.

Quiénes están obligados a votar y quiénes no

El voto en Argentina es universal, secreto y obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70.

En cambio, el sufragio es optativo para los jóvenes de 16 y 17 años y para los mayores de 70.

También pueden votar de forma voluntaria los argentinos residentes en el exterior que hayan realizado el cambio de domicilio antes del 19 de abril de 2025.

Por su parte, los extranjeros residentes en Tierra del Fuego no pueden participar en las elecciones nacionales, aunque sí pueden hacerlo en comicios provinciales o municipales, según la normativa local.


Cómo justificar la ausencia a las elecciones

Las personas que no puedan asistir a votar deben justificar su inasistencia dentro de los 60 días posteriores a la elección. Las causas más comunes incluyen problemas de salud, razones laborales o encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación.

La gestión puede realizarse en línea a través del Registro de Infractores al Deber de Votar, donde se debe adjuntar la documentación correspondiente:

  1. Certificado médico (por enfermedad o impedimento físico).
  2. Constancia policial (si el elector se encontraba lejos de su lugar de votación).
  3. Documentación laboral (en caso de tener que trabajar durante el día del comicio).

Una vez validada la justificación, la Justicia Electoral elimina la sanción y el ciudadano queda exento de pagar la multa.

Qué hacer si perdiste o te robaron el DNI antes de votar

Para sufragar es obligatorio presentar el DNI físico vigente que figura en el padrón o una versión posterior. No se acepta el DNI en trámite, pasaporte ni registro de conducir.

En caso de robo o extravío del DNI, se debe realizar la denuncia policial correspondiente y justificar luego la ausencia ante la Justicia Electoral. Si no se presenta la documentación, el elector será incorporado al Registro de Infractores.

Cómo consultar si figurás en el Registro de Infractores

Los fueguinos pueden consultar si se encuentran en el registro ingresando al sitio oficial infractores.padron.gob.ar e ingresando sus datos personales.


Desde la misma página se puede abonar la multa o subir la documentación justificativa. Una vez aprobada, la Justicia Electoral elimina al ciudadano del registro, permitiéndole votar sin inconvenientes en las próximas elecciones.

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NoticiasD

23 Octubre 2025