
Neuquén dio un paso esperado por cientos de trabajadores y trabajadoras del ámbito de la salud al reglamentar la Ley N° 3.147, aprobada en el año dos mil dieciocho. El gobernador Rolando Figueroa y el ministro de Salud, Martín Regueiro, firmaron el decreto N° 1.524 que ordena el ejercicio profesional de los acompañantes terapéuticos en toda la provincia. La normativa establece criterios claros para la matriculación, los alcances del rol y las responsabilidades en los sectores público y privado.
Después de siete años sin avances concretos, el Ejecutivo provincial ofreció una respuesta que consolida un marco legal muy esperado por quienes ejercen esta tarea. Regueiro destacó la importancia del decreto y afirmó que la ley reconoce el aporte de los acompañantes terapéuticos en el sistema de salud y les ofrece una herramienta concreta para jerarquizar su labor. También remarcó que la normativa introduce una mirada novedosa sobre la función y la intervención comunitaria.
La reglamentación se articula con los principios de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y con la normativa provincial N° 3.182. En ese sentido, profundiza un modelo de atención integral y comunitaria que busca garantizar derechos y ampliar la red de cuidados para personas con padecimientos mentales. El acompañamiento terapéutico forma parte de la estrategia de atención primaria, por lo que su fortalecimiento permite ampliar recursos y mejorar las posibilidades de sostén en el ámbito domiciliario y comunitario.
El Ministerio de Salud impulsó durante dos mil veinticuatro diversas mesas de trabajo para definir los aspectos centrales de la reglamentación. En esos encuentros participaron integrantes del área Legales, representantes de entidades que reúnen a los profesionales y referentes del gremio Asociación de Trabajadores del Estado. El objetivo consistió en consensuar criterios para lograr una normativa aplicable y clara, que ordene el ejercicio en los distintos contextos donde intervienen los acompañantes terapéuticos.
La ley exige que quienes buscan la matrícula cuenten con título oficial expedido por universidades nacionales, provinciales o instituciones privadas reconocidas. También permite la inscripción de egresados de centros de formación de nivel terciario y de personas con títulos equivalentes obtenidos en el extranjero. De esta manera, la provincia define un estándar mínimo de formación que fortalece la calidad del servicio.
La normativa señala que los acompañantes terapéuticos deben favorecer la vinculación del paciente con su comunidad, sostener su vida cotidiana y acompañar procesos que refuercen la integración social. También deben impulsar el desarrollo psicosocial, respetar la singularidad y la autonomía de cada persona y colaborar con la integración escolar en el caso de niños, niñas y adolescentes.
Además, los equipos de acompañamiento participan en acciones preventivas que se relacionan con el modelo de atención primaria y con la promoción de la salud. Esta articulación permite ampliar herramientas para detectar situaciones complejas y resolverlas de manera temprana.
La ley también establece que el Instituto de Seguridad Social del Neuquén debe incorporar el acompañamiento terapéutico en su lista de prestaciones. La entidad analizará cada caso y definirá la modalidad de cobertura según el diagnóstico. Con este avance, la provincia consolida un marco normativo que jerarquiza la tarea, acompaña a los equipos y garantiza derechos para toda la población.
Foto: Gob de Neuquén
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19 Noviembre 2025