
Dos personas fueron sancionadas con una multa cercana a los 90 millones de pesos tras ser halladas responsables de la caza furtiva de nueve vicuñas en el departamento de Santa Catalina, en la provincia de Jujuy. La medida fue confirmada en el marco de la aplicación de la Ley Provincial N° 3014 de Protección de la Fauna Silvestre y de la Ley Nacional N° 22.421.
La sanción representa una de las más importantes aplicadas en los últimos años por delitos contra la fauna silvestre y busca reforzar las políticas de conservación de una de las especies más emblemáticas de la región andina.
La vicuña es una especie autóctona de la Puna y los ambientes altoandinos que cuenta con protección legal a nivel provincial, nacional e internacional. Además, está incluida en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que regula estrictamente su aprovechamiento y comercialización.
En 1979, Argentina, junto con Bolivia, Chile, Perú y Ecuador, firmó el Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña, que prohíbe expresamente la caza y el comercio ilegal de estos animales.
En Jujuy, la Ley N° 5.634 establece un plan específico para la conservación y manejo de la especie, permitiendo únicamente la esquila de animales vivos en estado silvestre bajo estrictos controles sanitarios y ambientales.
Las vicuñas cumplen un papel fundamental en el equilibrio ecológico de los ecosistemas puneños. Además de formar parte del patrimonio natural jujeño, su fibra es considerada una de las más finas y valiosas del mundo, con alta demanda por parte de la industria textil internacional.
Por este motivo, las autoridades consideran la caza furtiva como una de las infracciones ambientales más graves, ya que afecta tanto la conservación de la especie como los programas de aprovechamiento sustentable impulsados por las comunidades locales.
Desde 2015, la provincia desarrolla un plan de manejo sustentable de vicuñas en estado silvestre. A través de esta iniciativa, comunidades originarias de la Quebrada y la Puna realizan los tradicionales "chakus", una práctica ancestral que consiste en la captura temporal y esquila comunitaria de los animales para obtener su fibra sin causarles daño.
El sistema incluye monitoreos poblacionales y controles sanitarios permanentes, permitiendo generar ingresos para las comunidades mientras se garantiza la conservación de la especie.
La Ley Provincial N° 3014 declara que toda la fauna silvestre existente en Jujuy es propiedad del Estado provincial y establece como de interés público la protección, conservación, restauración y propagación de las especies que habitan el territorio.
La normativa contempla severas sanciones para quienes realicen actividades ilegales relacionadas con la caza, captura o comercialización de animales protegidos, con el objetivo de desalentar prácticas que ponen en riesgo la biodiversidad provincial.
Las autoridades destacaron que este tipo de sanciones buscan fortalecer la protección de la fauna nativa y generar conciencia sobre la importancia de preservar especies clave para los ecosistemas altoandinos.
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