
En Perú, la ley contempla que los hijos pueden ser obligados a brindar pensión de alimentos a sus padres cuando estos se encuentran en estado de necesidad y no pueden cubrir sus gastos básicos.
Así lo establece el Código Civil peruano, que reconoce la asistencia recíproca entre familiares. Según explicó la abogada Greta Hernández, esta obligación “sobrepasa el tema del cariño” y responde a un deber legal vinculado al derecho de necesidad.
El artículo 474 del Código Civil señala que los alimentos se deben de manera recíproca entre cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos. Esto habilita a que los padres puedan demandar a sus hijos si no pueden mantenerse por sí solos.
Por su parte, el artículo 481 establece que el juez determinará el monto de la pensión en función de las necesidades del solicitante y la capacidad económica del obligado.
Para iniciar una demanda, se debe acreditar el vínculo familiar —por ejemplo, con partidas de nacimiento—, así como la situación de necesidad del adulto mayor y los ingresos del hijo o hijos.
La ley también contempla que, si hay varios hijos, la responsabilidad no necesariamente es igual para todos. El artículo 477 indica que el pago puede dividirse según las posibilidades económicas de cada uno.
En ese sentido, un hijo con mayores ingresos podría asumir una parte más significativa de la pensión, mientras que otro con recursos limitados aportaría en menor medida.
Uno de los puntos más debatidos es si un padre ausente puede exigir alimentos. Según la especialista, el abandono no elimina automáticamente la obligación, pero sí puede ser considerado por el juez.
Antecedentes como denuncias, juicios previos o pruebas de abandono deberán ser acreditados para que el magistrado evalúe cada caso concreto.
Antes de llegar a un proceso judicial, las familias pueden optar por acuerdos privados o conciliaciones para cubrir los gastos del adulto mayor. Sin embargo, si no hay consenso, el padre —o su representante— puede acudir al Poder Judicial para solicitar la pensión.
Aunque la normativa existe, estos casos no son frecuentes en el país, en gran parte por desconocimiento. Actualmente, Perú cuenta con más de 4,1 millones de adultos mayores, lo que representa el 13,9% de la población.
Sin embargo, una proporción significativa enfrenta condiciones de vulnerabilidad: cerca del 25% de los hogares con adultos mayores está en situación de pobreza, más de 630 mil personas mayores de 70 años viven solas y el 80,3% padece enfermedades crónicas.
Este escenario refleja un problema social creciente, marcado por el abandono y la falta de redes de apoyo, donde la ley aparece como una herramienta para garantizar derechos básicos, aunque su aplicación aún es limitada.
NoticiasD
29 Abril 2026