
La Municipalidad de San Salvador de Jujuy informó que continúa vigente la exención del Impuesto Automotor para vehículos con más de 25 años de antigüedad, conforme a la Ordenanza Nº 8122/2024. El beneficio alcanza a propietarios de unidades cuya inscripción inicial sea anterior al 31 de diciembre de 2001, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para su correcta clasificación.
La normativa contempla a automóviles de pasajeros con capacidad de hasta ocho personas, vehículos particulares de uso personal o familiar y vehículos diseñados para el transporte de personas. Además, según la Ley Nacional de Tránsito, quedan comprendidas las categorías A (motocicletas y ciclomotores de 50 cc a 200 cc) y B (automóviles y vehículos de pasajeros).
La exención no es automática: las y los interesados deben acreditar la antigüedad del rodado y la ausencia de obligaciones pendientes. En ese sentido, se requiere que, al momento de iniciar el trámite, el vehículo no registre deudas del Impuesto Automotor ni infracciones de tránsito.
Como primer paso, se debe verificar que la inscripción inicial del vehículo sea anterior al 31 de diciembre de 2001. Ese dato figura en la cédula de identificación o en el título automotor. Luego, corresponde comprobar que no existan saldos impagos del tributo municipal ni actas de infracción vigentes. También se solicita gestionar un Libre Deuda de infracción ante el Juzgado de Faltas.
Este documento respalda que no hay contravenciones pendientes y resulta indispensable para avanzar con la solicitud. El beneficio rige para las categorías detalladas por la normativa local y por la Ley Nacional de Tránsito. La inclusión alcanza tanto a automotores como a motocicletas de baja y media cilindrada, así como a vehículos de pasajeros, siempre que encuadren en las definiciones y cumplan con la antigüedad exigida.
Para formalizar el pedido de exención, se debe presentar una nota en la Dirección de Rentas municipal, ubicada en Hipólito Yrigoyen Nº 1328. La gestión debe acompañarse con copia del título automotor y copia del Libre Deuda de infracción, documentación que permitirá a la administración verificar la procedencia del beneficio.
Como alternativa, la solicitud puede enviarse por correo electrónico a [email protected], consignando en el asunto “Exención según Ordenanza Nº 8122/2024”. En este caso, se deben adjuntar los mismos respaldos y detallar los datos personales requeridos: nombre completo, teléfono y correo electrónico, a través del cual se notificará la recepción, aprobación o rechazo del trámite.
La Municipalidad recordó que la clasificación correcta de cada vehículo y la acreditación de los requisitos son condiciones esenciales para acceder a la exención. Una vez verificados los datos y la documentación, la Dirección de Rentas comunicará el resultado por los canales informados por la persona solicitante.
De esta manera, el beneficio continúa disponible para quienes acrediten la antigüedad y la situación fiscal y contravencional exigidas, ya sea mediante la presentación presencial en Rentas o a través del envío digital con el asunto “Exención según Ordenanza Nº 8122/2024”.

San Salvador de Jujuy
6 Mayo 2026