
Los vecinos misioneros, concurrirán nuevamente a las urnas el próximo domingo 26 de octubre para renovar las bancas del Congreso Nacional, eligiendo diputados y senadores en todo el país. En vísperas de los comicios, la Cámara Nacional Electoral (CNE) recordó que el padrón definitivo ya se encuentra disponible para que cada ciudadano consulte su lugar y mesa de votación.
El voto en Argentina es obligatorio para todos los ciudadanos habilitados, y su incumplimiento sin justificación puede acarrear multas económicas y sanciones administrativas.
La normativa vigente establece que quienes no concurrieron a las urnas quedarán registrados en el Registro de Infractores al Deber de Votar y deberán abonar una multa que varía según la cantidad de infracciones acumuladas.
Aunque la elección es nacional, las multas por no votar son iguales en todas las provincias del país. Según el artículo 125 del Código Electoral Nacional, las sanciones van desde $50 hasta $500, dependiendo del historial del elector.
El monto deberá abonarse dentro de los 60 días posteriores a la elección, salvo que el votante justifique su ausencia ante la Justicia Electoral.
El monto deberá abonarse dentro de los 60 días posteriores a la elección, salvo que el votante justifique su ausencia ante la Justicia Electoral.
A su vez, quienes hayan sido designados autoridades de mesa y no concurran a desempeñar su función enfrentan una doble penalidad, ya que incumplen tanto con el deber de votar como con el de ejercer el cargo.
Qué pasa si no voto en MisionesEl Código Electoral Nacional establece que pueden participar de los comicios tanto argentinos nativos y naturalizados como extranjeros residentes que cumplan con los requisitos correspondientes.
Los ciudadanos argentinos están habilitados para votar a partir de los 16 años, siempre que tengan residencia permanente en el distrito y no se encuentren inhabilitados judicialmente. En el caso de los ciudadanos naturalizados, la edad mínima para votar es 18 años.
Por su parte, los extranjeros con residencia permanente pueden emitir su voto desde los 16 años, siempre que posean DNI extranjero, estén inscriptos en el padrón electoral y no tengan restricciones legales.
También se garantiza el derecho al voto de las personas privadas de la libertad, siempre y cuando estén incluidas en el padrón y no hayan sido inhabilitadas por sentencia judicial.
Existen excepciones contempladas en la normativa para quienes no puedan o no deban sufragar. Los grupos exentos son:
Para comprobar si una persona de la Provincia figura en el registro, se puede ingresar al sitio oficial infractores.padron.gob.ar y completar los datos personales. Si el nombre aparece en la lista, el sistema permite pagar la multa en línea o subir la justificación correspondiente.
Una vez regularizada la situación, la autoridad judicial elimina al ciudadano del registro, quedando habilitado para participar en las próximas elecciones sin inconvenientes.
NoticiasD
23 Octubre 2025