
El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo esquema para cubrir indemnizaciones por despido, basado en un fondo que podrán armar de manera voluntaria las empresas junto con los trabajadores. Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del sistema, a través de la Resolución General 1071/2025 de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
La iniciativa apunta a ofrecer una alternativa al esquema tradicional de indemnización por antigüedad, permitiendo que cada sector, empresa o trabajador pueda aportar a un fondo específico que se active en caso de desvinculación.
El ministro de Des regulación y Reforma del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que este nuevo modelo fue habilitado por el artículo 96 de la Ley Bases 27.742, y permite a los actores de convenios colectivos acordar su propio “sistema de cese”. Según aclaró, la participación será completamente opcional, tanto para empleadores como empleados.
“Pueden diseñarlo como les parezca, lo único obligatorio es que sea voluntario para ambas partes. Esa es la clave para que funcione bien”, sostuvo Sturzenegger.
El esquema se basa en la creación de fondos financieros, llamados “Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral”, que pueden tomar dos formas: Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros. En ambos casos, el objetivo es juntar aportes —mensuales o periódicos— que luego puedan usarse para cubrir compensaciones cuando un trabajador es despedido.
Los detalles de funcionamiento deben ser definidos en el marco de convenios colectivos. Allí se podrá establecer cuánto se aporta, con qué frecuencia, si los fondos vienen solo del empleador o también del trabajador, y si aplica a un sector completo o a una empresa puntual.
Una característica destacada es que estos fondos serán inembargables: no podrán ser tocados por acreedores, ni de la empresa ni del trabajador, y estarán protegidos por ley. Además, sólo podrán usarse con el fin que se acordó originalmente en el convenio.
Si los fondos fueron depositados por la empresa, estarán “cedidos condicionalmente” al trabajador: es decir, el empleado accederá a ese dinero únicamente cuando se cumplan ciertas condiciones, como una desvinculación sin justa causa.
La CNV será la encargada de controlar y supervisar estos instrumentos, y exigirá que los administradores cumplan con políticas de inversión responsables y reglas claras.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión, no podrán invertir en bonos o acciones del empleador que los financia y deberán evitar tener más del 30% de su capital concentrado en una misma industria. Además, los fondos deberán elaborar un reglamento propio que detalle cómo se activa el mecanismo en caso de despido, cómo se informa a los beneficiarios, y cómo se maneja el dinero si no se cumplen las condiciones para su retiro.
Una vez que se produce el traspaso de los fondos al trabajador, este podrá disponer libremente de ese dinero, aunque ya no podrá volver a invertir en ese fondo.
Por el lado de los Fideicomisos Financieros, el esquema es más flexible: no será obligatorio presentar un prospecto para su aprobación, pero toda la documentación deberá estar publicada en la plataforma oficial de información financiera. Tampoco se permitirá que el fideicomiso compre valores del empleador, y deberán evitar concentraciones excesivas de inversión.
Además, se exigirá que los trabajadores puedan consultar mensualmente cuánto dinero tienen acumulado. El fideicomiso puede contar con un comité o asesor de inversiones, siempre que no tengan vínculos con sindicatos y que sus costos sean razonables.
Este nuevo sistema representa un giro en la forma en que se manejan las indemnizaciones en Argentina, ya que busca reemplazar el esquema tradicional por un modelo más previsible y gestionado desde el ahorro y la inversión. Todo dependerá, eso sí, de los acuerdos voluntarios que se cierren entre empresas y trabajadores dentro de cada actividad.
NoticiasD
23 Junio 2025