Nuevo control en micros de larga distancia: el equipaje deberá figurar a nombre del pasajero

El Gobierno nacional implementó un sistema digital obligatorio para identificar equipajes en viajes de larga distancia y evitar extravíos

Nuevo control en micros de larga distancia: el equipaje deberá figurar a nombre del pasajero

El Gobierno nacional dispuso un cambio relevante en el sistema de control de equipajes para los viajes en micros de larga distancia. A partir de una nueva normativa, las empresas de transporte deberán exigir que cada bulto viaje identificado a nombre del pasajero mediante un sistema de trazabilidad digital que permita seguir su recorrido desde el despacho hasta la entrega final.

La medida surge de la Resolución cuatro del año dos mil veintiséis de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial y firmada por su titular, Luis Octavio Pierrini. El nuevo esquema apunta a reforzar la seguridad, reducir pérdidas y ordenar la gestión de reclamos por extravío o deterioro de equipajes durante los traslados interjurisdiccionales.

Identificación digital y fin del sistema tradicional

La norma habilita a cada empresa a definir libremente las características técnicas y el diseño de los dispositivos que utilizará para vincular el equipaje con el pasajero. El único requisito obligatorio consiste en garantizar la seguridad, la inviolabilidad y la correcta trazabilidad de la información.

Con esta decisión, el Gobierno dejó sin efecto el sistema anterior basado en marbetes y fajas físicas con especificaciones únicas. A partir de ahora, las compañías podrán aplicar soluciones tecnológicas propias siempre que permitan verificar de manera clara la correspondencia entre la persona usuaria y su equipaje.

Plazos y condiciones para las empresas

Las operadoras de transporte automotor interjurisdiccional contarán con un plazo de sesenta días para implementar mecanismos documentales o tecnológicos verificables. Estos sistemas deberán integrarse a los registros de venta de pasajes y permitir el seguimiento del equipaje durante todo el viaje.

Para los servicios que cruzan fronteras provinciales, la normativa exige además que los dispositivos elegidos permitan la interoperabilidad con sistemas utilizados en países limítrofes, con el objetivo de facilitar los controles en recorridos regionales e internacionales.

Restricciones y derechos de los pasajeros

La resolución establece que ningún micro podrá transportar equipajes sin identificación. En esos casos, la empresa negará el despacho sin que el pasajero pueda reclamar compensación alguna. Para las encomiendas, el sistema permitirá el uso de registros digitales sin necesidad de aplicar fajas físicas.

Las empresas también deberán conservar los datos vinculados al despacho de equipajes para facilitar reclamos y verificaciones posteriores. Ante pérdidas totales, parciales o daños, regirán las indemnizaciones previstas en la normativa vigente, que protege los derechos de las personas usuarias del transporte de larga distancia.

transporte de pasajerosmicros de larga distanciaequipajecontrol digitalSecretaría de Transporte

NoticiasD

13 Enero 2026