
La Secretaría de Energía modificó el sistema mediante el cual las distribuidoras de gas trasladan a las tarifas las diferencias entre el precio estimado del gas y el valor que finalmente pagan a los productores. A partir de agosto de 2026, ese ajuste se realizará cada dos meses, en lugar del esquema estacional que regía hasta ahora.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 167/2026 y busca reducir las fluctuaciones en las facturas que reciben los usuarios.
El cambio alcanza a la denominada Diferencia Diaria Acumulada (DDA), un mecanismo previsto por la Ley 24.076 y el Decreto 1.738/92 para compensar las diferencias entre el precio del gas proyectado al inicio de cada período y el valor efectivamente abonado por las distribuidoras.
Hasta ahora, esas diferencias se acumulaban durante varios meses y se trasladaban a las tarifas dos veces al año, lo que generaba incrementos más notorios en determinados períodos.
Con el nuevo esquema bimestral, las correcciones se incorporarán con mayor frecuencia y en montos menores, permitiendo que los ajustes sean más graduales y reduciendo la volatilidad de las facturas.
Desde la Secretaría de Energía señalaron que el sistema anterior provocaba un "doble efecto estacional", especialmente durante el invierno, cuando aumentaban tanto el consumo como el costo del gas, generando diferencias que luego impactaban de manera significativa en las boletas.
La resolución instruye al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) a adecuar los procedimientos tarifarios para implementar el nuevo sistema desde los cuadros tarifarios correspondientes a agosto de 2026.
En esa instancia también se realizará la determinación inicial de la Diferencia Diaria Acumulada (DDA) bajo el nuevo esquema, con el objetivo de garantizar el abastecimiento del servicio y evitar beneficios o pérdidas para las distribuidoras derivados de las variaciones en el precio del gas.
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24 Julio 2026