ARCA actualiza las normas para embargos y ejecuciones fiscales

Se ajustaron los tiempos para cada una de las acciones.

ARCA actualiza las normas para embargos y ejecuciones fiscales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los procesos relacionados con embargos y ejecuciones fiscales mediante la Disposición 120/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial. La normativa busca precisar los plazos y condiciones bajo los cuales se pueden llevar adelante estas medidas.

Con esta actualización, se establece un margen de tiempo formal para que los contribuyentes puedan regularizar su situación antes de que se proceda a un embargo. Una de las principales novedades es que la medida cautelar solo podrá ejecutarse 48 horas después de vencido el plazo para presentar excepciones, evitando embargos inmediatos tras la demanda.

Además, se prevé una excepción para la traba anticipada del embargo cuando la distancia entre la sede que notifica y el domicilio del contribuyente supere los 100 kilómetros, siempre con autorización judicial. En esos casos, ARCA deberá notificar previamente al domicilio fiscal electrónico (DFE) del contribuyente, otorgándole cinco días para cancelar la deuda antes de que la medida sea efectiva.

Esta notificación previa, que no existía anteriormente, busca brindar mayor transparencia y facilitar la regularización de las obligaciones. Desde ARCA señalaron que estas medidas forman parte de un conjunto de acciones destinadas a facilitar la gestión y el pago de deudas fiscales.

ARCA

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11 Junio 2025