
La Legislatura de la provincia aprobó la reforma de la Ley Provincial 1004 a pedido del Ministerio de Salud, con el objetivo de fortalecer el recupero de los costos que el sistema público de salud afronta al atender a afiliados de obras sociales y empresas de medicina prepaga. La actualización normativa busca ordenar el financiamiento sanitario y proteger los recursos del Estado, sin afectar el acceso a la atención médica de la población.
La norma regula la relación entre el sistema público de salud y los denominados terceros financiadores, que incluyen obras sociales, prepagas y entidades de cobertura médica. Estas organizaciones deben asumir el costo de las prestaciones que reciben sus afiliados cuando acuden a hospitales y centros de salud públicos de la provincia.
Desde la cartera sanitaria remarcaron que la reforma no modifica el principio de atención universal. El sistema público continuará brindando asistencia a todas las personas, cuenten o no con cobertura médica. Sin embargo, el Estado provincial dejará de absorber gastos que corresponden a entidades privadas, lo que permitirá un uso más eficiente de los fondos públicos.
La Ley 1004 entró en vigencia en el año dos mil catorce y respondió a las condiciones sanitarias y administrativas de ese momento. Con el paso del tiempo, su aplicación evidenció limitaciones que dificultaron el cobro de las prestaciones brindadas a afiliados de obras sociales y prepagas. Estas dificultades derivaron en deudas acumuladas, pagos demorados durante años y falta de actualización de los montos facturados.
El Ministerio de Salud impulsó la reforma tras detectar trabas burocráticas que impedían un recupero ágil y efectivo de los costos. La nueva normativa simplifica los procedimientos administrativos y establece reglas claras para mejorar la gestión del cobro, evitando que el sistema público cargue con gastos que no le corresponden.
Según indicaron desde el área sanitaria, la actualización normativa brinda herramientas concretas para que el sistema de salud provincial pueda reclamar y percibir los montos adeudados. Además, fija plazos definidos y obligaciones precisas para los terceros financiadores, lo que reduce la discrecionalidad y los incumplimientos.
Con la reforma de la Ley 1004, la provincia determinó que toda prestación brindada a un afiliado de una obra social o prepaga será facturada, exista o no un convenio previo entre las partes. De esta manera, el Estado asegura el reconocimiento económico de los servicios prestados en hospitales públicos y centros de salud provinciales.
La normativa ordena los plazos de pago y establece instancias administrativas ante posibles incumplimientos. También incorpora mecanismos que permiten regularizar deudas acumuladas y avanzar en acciones legales cuando las entidades responsables no cumplen con sus obligaciones.
Desde el Ministerio de Salud señalaron que estas medidas buscan fortalecer la sustentabilidad del sistema sanitario provincial. Al recuperar los costos de las prestaciones, la provincia podrá reinvertir esos recursos en infraestructura, equipamiento y recursos humanos, mejorando la calidad de la atención para toda la comunidad.
La reforma de la Ley 1004 representa un paso clave para ordenar el financiamiento de la salud pública y garantizar que cada actor asuma las responsabilidades que le corresponden, sin poner en riesgo el derecho a la atención médica de la población.
Foto: GTDF
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22 Diciembre 2025