
Es una herramienta de consulta que mediante la Ordenanza Nº7218/01 establece un procedimiento administrativo para que aquellas personas vecinas a un inmueble en el que se pretenda habilitar algunas de las actividades de incumbencia, puedan expresar por escrito su oposición al otorgamiento del permiso municipal para el funcionamiento.
Se hace saber que mediante la Solicitud Nº 4408/2023, la Sra. Martina Belén Romano, CUIT Nº 27-46136696-7 solicita la VIABILIDAD para la instalación de un comercio bajo el rubro de âSalón de fiestasâ, con una superficie útil que no supera los 250 m2, en el inmueble sito en calle Juan Pablo II Nº 1319 de esta ciudad.
Que en tal sentido podrán manifestar su oposición los vecinos cuyas residencias se encuentren dentro de los cincuenta (50) metros lineales a ambos lados, frente y contrafrente de los deslindes parcelarios al local. Se considerará que los metros lineales para el ejercicio de la oposición serán contados desde los deslindes parcelarios en todo su perímetro de eje divisorio a eje divisorio más cercano (Art. 3 Ord. 7218).
Se informa que el local podrá localizarse siempre que no alcance los porcentajes de oposición de vecinos establecidos por art. 3 de la Ord. 7218/01 y sus modif.
A partir de la recepción de las cédulas de notificación que oportunamente remitirá esta Dir. Gral. podrán presentarse, dentro del plazo establecido en las mismas, en las dependencias municipales habilitadas a tal efecto:
Oficina de Atención Centralizada de la Dir. Gral. de Habilitación de Ind, Com, y Serv.
Av. Belgrano 328 P.B. Of. N°: 33
Tel: 341-4802900 (Int: 119),
Oficina de Habilitaciones del CMD Noroeste «Olga y Leticia Cossettini»
Tel: 4807680 int: 394/395, de Lunes a Viernes de 08 a 13 hs.
Normativa de aplicación: Ord. 7218/2001; Dtos. N° 68/2013 y 508/2013.
Las personas vecinas al local, que residan dentro de los 50 metros contados desde los deslindes parcelarios en todo su perímetro de eje divisorio a eje divisorio.
Noticias(d)
31 Mayo 2024