Monotributo: las nuevas escalas ya rigen y quiénes deben recategorizarse antes del 5 de agosto

La actualización semestral modificó los topes de facturación y las cuotas mensuales. ARCA también tiene en cuenta alquileres, superficie y consumo eléctrico.

Monotributo: las nuevas escalas ya rigen y quiénes deben recategorizarse antes del 5 de agosto

Los monotributistas tienen tiempo hasta el 5 de agosto de 2026 para completar la recategorización semestral, aunque el trámite sólo resulta obligatorio para quienes hayan registrado cambios en los parámetros que determinan su categoría durante los últimos 12 meses.

La actualización que oficializó ARCA elevó en un 16,8% los límites de facturación y los valores mensuales del régimen. Los nuevos importes comenzarán a aplicarse con el vencimiento de la cuota de agosto, previsto para el 20 de agosto. En tanto, el pago correspondiente a julio se mantiene con la categoría vigente.

Quiénes tienen que hacer la recategorización del monotributo

El trámite alcanza a los contribuyentes cuyos parámetros hayan variado lo suficiente como para que les corresponda una categoría diferente, ya sea superior o inferior a la actual. Quienes no hayan modificado su situación durante el período de análisis no necesitan realizar ninguna gestión.

También quedan exceptuados los monotributistas que llevan menos de seis meses dentro del régimen, debido a que todavía no cuentan con el período mínimo necesario para una evaluación semestral.

La gestión se realiza de forma digital, con clave fiscal, desde el servicio “Monotributo” de ARCA.

Qué ingresos hay que tomar para definir la categoría

Uno de los puntos que puede generar errores es el período que debe utilizarse para calcular la facturación. El análisis no se realiza sobre la base del dinero cobrado, sino de los ingresos devengados.

Por ejemplo, una operación facturada en junio de 2026 debe incluirse en el período correspondiente aunque el cliente haya efectuado el pago dos meses después. El criterio toma como referencia el momento en que se generó la operación.

Los parámetros que pueden modificar la categoría

La facturación es sólo uno de los elementos que ARCA considera para definir la situación de cada contribuyente. El organismo analiza cuatro variables principales:

  1. Ingresos brutos acumulados.
  2. Alquileres devengados por el inmueble utilizado para la actividad.
  3. Superficie afectada al desarrollo de la actividad.
  4. Consumo de energía eléctrica de los últimos 12 meses.

Por eso, un monotributista puede haber mantenido una facturación similar y, aun así, tener que modificar su categoría si alguno de los otros parámetros aumentó de manera significativa.

Cuáles son los nuevos topes de facturación

Las escalas actualizadas establecen los siguientes límites anuales de ingresos:

  1. Categoría A: hasta $12.009.410,45.
  2. Categoría B: hasta $17.595.182,74.
  3. Categoría C: hasta $24.670.494,31.
  4. Categoría D: hasta $30.628.651,43.
  5. Categoría E: hasta $36.028.231,33.
  6. Categoría F: hasta $45.151.659,41.
  7. Categoría G: hasta $53.995.798,87.
  8. Categoría H: hasta $81.924.660,37.
  9. Categoría I: hasta $91.699.761,90.
  10. Categoría J: hasta $105.012.519,20.
  11. Categoría K: hasta $126.610.838,75.

Cuánto cuesta la cuota mensual del monotributo

Los nuevos valores mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, son:

  1. Categoría A: $49.527,18 para servicios y bienes.
  2. Categoría B: $56.379,08 para servicios y bienes.
  3. Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes.
  4. Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para bienes.
  5. Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes.
  6. Categoría F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para bienes.
  7. Categoría G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para bienes.
  8. Categoría H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para bienes.
  9. Categoría I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para bienes.
  10. Categoría J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para bienes.
  11. Categoría K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para bienes.

El error más común con la recategorización simplificada

ARCA cuenta con una herramienta que calcula una propuesta de categoría a partir de la facturación que figura en sus registros y de los comprobantes electrónicos emitidos.

Sin embargo, la recomendación automática no debería aceptarse sin una revisión previa. El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, señaló que los contribuyentes deben comparar la información del sistema con la totalidad de sus ingresos.

El análisis también debe contemplar operaciones cobradas mediante transferencias, billeteras virtuales y posnet, ya que esos movimientos pueden no aparecer completamente reflejados en la propuesta de ARCA.

Cómo controla ARCA la información de los monotributistas

El organismo realiza cruces de datos que incluyen comprobantes electrónicos, consumos, compras, movimientos bancarios y acreditaciones en billeteras virtuales.

Si esos registros muestran que los gastos, las compras o los depósitos superan los ingresos máximos permitidos para la categoría declarada, ARCA puede iniciar una recategorización de oficio.

En caso de superar el límite máximo para permanecer dentro del monotributo, el contribuyente también puede quedar excluido del régimen simplificado y pasar al régimen general.

Qué pasa si el contribuyente no se recategoriza

Si una persona debía cambiar de categoría y no completa el trámite antes del 5 de agosto, inicialmente permanecerá en la categoría que tenía.

No obstante, ARCA puede detectar posteriormente la diferencia mediante sus controles y realizar una recategorización de oficio. La notificación llegará al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del plazo.

Además, el organismo puede reclamar las diferencias de pago, los intereses y las sanciones que correspondan.

Según explicó Domínguez, si el contribuyente debía bajar de categoría y no hizo el trámite, ARCA no aplicará esa reducción de oficio.

La categoría definida en esta recategorización determinará el importe mensual que deberá pagar cada monotributista hasta el vencimiento de enero de 2027.

NoticiasD

21 Julio 2026