Exaltación de la Cruz recordó la plena vigencia de la ordenanza de Pirotecnia Cero

Ante la inmediatez de las fiestas de fin de año, el Municipio recordó que en el distrito no se puede fabricar, vender ni usar elementos de efecto sonoro y audible.

Exaltación de la Cruz recordó la plena vigencia de la ordenanza de Pirotecnia Cero

A pocos días de las fiestas de fin de año, desde el Municipio de Exaltación de la Cruz recordaron la vigencia de la ordenanza 2657-2020, que prohíbe la fabricación, depósito, venta y utilización de elementos pirotécnicos en Exaltación de la Cruz.

“Si alguien sufre, deja de ser divertido”, es la frase elegida este año por la comuna para recordar y hacer cumplir la vigencia de esta reglamentación. “Por eso es que le pedimos a nuestra comunidad que respete y cumpla esta reglamentación”, sumaron.

En estas fiestas, pirotecnia cero

Los elementos de efecto sonoro o audible que están prohibidos en todo el ámbito local son, especialmente, aquellos de venta libre como petardos, fuente, fogueta, mortero, mortero con bomba y caña voladora con paracaídas.

También está terminantemente prohibida la venta ambulante o en la vía pública y para quienes infrinjan la ordenanza, se han dispuestos severas sanciones: multas de hasta 100 sueldos mínimos de agente municipal, decomiso de los elementos probatorio y si el infractor es comerciante, se ordenará la clausura del local de 5 a 10 días.

Lo recaudado será destinado a centros asistenciales (50%), asociaciones protectoras de animales (30%) y campañas de difusión (20%).

“Por nuestros niños, mascotas, medioambiente y quienes sufren por los efectos de la pirotecnia, les solicitamos cuidarnos como vecinos”, reforzaron desde la comuna.

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24 Diciembre 2024