Fomag asegura el suministro de medicamentos a los docentes durante la transición del modelo de salud

Mediante la circular, el Fondo ordena que los servicios médicos que cuenten con una orden médica vigente, a partir del 1 de mayo, deberán ser suministrados y facturados por los prestadores que forman parte del Banco de Prestadores de Servicios de Salud del Fomag.

Ante las quejas de los maestros, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) emitió el jueves 9 de mayo la Circular Externa 001. Esta circular tiene como objetivo asegurar la entrega de medicamentos y tecnologías en salud para los usuarios docentes durante la etapa de transición y puesta en funcionamiento del Nuevo Modelo de Atención en Salud del Magisterio.

«Mediante este acto jurídico, el Fomag busca garantizar el derecho a recibir servicios de salud de forma continua, una vez que la prestación de un servicio iniciado, lo cual no se puede interrumpir por razones administrativas o económicas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1751 de 2015, o Ley Estatutaria de Salud, en su artículo 6, literal d, y disposiciones relacionadas», explicó el Fondo en un comunicado.

Circular Externa 001

En otras palabras, la circular establece, de forma retroactiva, que a partir del 1 de mayo de 2024, los servicios médicos y/o tecnologías en salud que cuenten con una orden médica vigente deberán suministrarse y facturados por los proveedores que forman parte del Banco de Prestadores de Servicios de Salud del Fomag, administrado por Fiduprevisora.

Además, la circular señala que «los servicios, medicamentos y tecnologías en salud a los que aplica este procedimiento son exclusivamente para aquellos que cuenten con una orden médica vigente y que no hayan suscrito contrato con el patrimonio autónomo del Fondo de Prestaciones Sociales de Magisterio – FOMAG administrado por Fiduprevisora S.A., bajo la modalidad de pago por capitación».

En cuanto a los proveedores de medicamentos de alto costo y/o de control especial, que anteriormente realizaban la dispensación, podrán continuar con la entrega de estos medicamentos en los mismos términos en los que se venía suministrando, sin necesidad de autorización previa, siempre y cuando la orden médica esté vigente.

«La facturación de estos servicios deberá realizarse al Patrimonio autónomo del Fondo de Prestaciones Sociales de Magisterio – FOMAG, administrado por Fiduprevisora S.A., bajo la modalidad de pago por evento a la tarifa acordada con el operador anterior», se menciona en la circular.

Este procedimiento será aplicable para los servicios, medicamentos y tecnologías en salud prestados desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2024, mientras se completa el proceso de negociación y firma de los acuerdos y/o contratos con los proveedores de servicios y tecnologías del Registro Calificado de Servicios y Tecnologías en Salud del Fomag.

Fecha de Publicación: 10 mayo, 2024